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LICENCIA
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Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia
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LICENCIA PÚBLICA GENERAL
de Consideraciones y Registro de Software Libre en Bolivia (LPG-Bolivia)
Versión 1, 13 de mayo de 2014.
Versión online https://softwarelibre.gob.bo/documentos/LPGBolivia.pdf
Introducción
------------
Esta licencia está basada en la Licencia Pública General GNU (GNU GPL) de la
Fundación para el Software Libre (www.fsf.org), la cual ha sido adaptada por la
Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (ADSIB)
a la normativa legal vigente en Bolivia, enmarcada en la Ley General de
Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, Ley No. 164 de
8 de agosto de 2011 y el Reglamento para el Desarrollo de Tecnologías de
Información y Comunicación aprobado por el Decreto Supremo No. 1793 de
13 de noviembre de 2013.
Ésta no constituye una traducción oficial de la GNU GPL al español. No ha sido
publicada por la Fundación para el Software Libre, y no establece legalmente
las condiciones de distribución para el software que usa la GNU GPL –estas
condiciones se establecen solamente por el texto original de la GNU GPL de la
Fundación para el Software Libre (www.fsf.org).
Esta licencia se aplica conforme a la legislación vigente y en orden de
prelación normativa dando prioridad a lo normativa superior y sin vulnerar
cualquier derecho consagrado por la Constitución y las Leyes del Estado
Plurinacional de Bolivia.
Esta licencia se basa en la traducción elaborada por Gonzalo Abella,
Javier Aguirre, Héctor J. Macho Borja Menéndez, Javier Moset, Ángel Torrado.
Preámbulo
---------
La Licencia Pública General Bolivia (LPG - Bolivia) es una licencia libre para
software y otro tipo de obras.
Las licencias para la mayoría del software y otras obras de carácter práctico
están diseñadas para privarle de la libertad de compartir y modificar las obras.
Por el contrario, esta Licencia Pública General pretende garantizar su libertad
de compartir y modificar todas las versiones de un programa –para cerciorar que
permanece como software libre para todos sus usuarios.
Cuando hablamos de software libre, nos referimos a libertad de acción, no de
precio. La LPG - Bolivia está diseñada para garantizar la libertad de
distribuir copias de software libre (y cobrar por ello si quiere), de recibir
el código fuente o poder conseguirlo si así lo desea, de modificar el software
o usar parte del mismo en nuevos programas libres, y a saber que puede hacer
estas cosas.
Para proteger sus derechos, necesitamos evitar que otros le nieguen esos
derechos o le pidan renunciar a ellos. Por lo tanto, usted tiene ciertas
responsabilidades cuando distribuye copias del software, o si lo modifica:
responsabilidades que persiguen respetar la libertad de otros.
Si distribuye copias de un programa, bien sea gratis o por una tasa, debe
transferirles a los que lo reciban las mismas libertades que usted recibió.
Debe asegurarse que ellos, también, reciben o pueden obtener el código fuente.
Y debe mostrarles estos términos para que ellos puedan conocer sus derechos.
Los desarrolladores que usan la LPG-Bolivia protegen tus derechos con dos pasos:
(1) haciendo valer el derecho de propiedad intelectual en el software y
(2) le ofrecen esta Licencia que le da el permiso legal para copiarlo,
distribuirlo y/o modificarlo.
Para la protección de autores y desarrolladores, la LPG-Bolivia explica
claramente que no hay garantía para este software libre. Por el bien de
usuarios como de autores o titulares, la LPG-Bolivia establece que las
versiones modificadas sean identificadas como tales, de forma que sus problemas
no puedan ser atribuidos de forma errónea a autores de versiones previas.
Algunos dispositivos están diseñados para denegar a los usuarios el acceso a
instalar o ejecutar versiones modificadas del software en su interior, a pesar
de que el fabricante puede hacerlo. Esto es fundamentalmente incompatible con
el objetivo de proteger la libertad de los usuarios de modificar el software.
Este tipo de abuso sistemático ocurre en el ámbito de los productos de uso
personal, que es precisamente donde es más inaceptable. Por consiguiente,
hemos diseñado esta versión de la LPG-Bolivia para prohibir estas prácticas en
esos productos.
Finalmente, todo programa está constantemente amenazado por las patentes de
software. El Estado buscará los medios mas idóneos para evitar el especial
peligro que suponen las patentes, que aplicadas a un programa libre puedan
hacerlo propietario en la práctica. Para prevenir eso, la LPG-Bolivia establece
que las patentes no pueden usarse para convertir un programa en no-libre.
Los términos exactos y las condiciones para la copia, distribución y
modificación se exponen a continuación.
Términos y Condiciones
----------------------
0. Definiciones
---------------
“Licencia” se refiere a la Licencia Pública General Bolivia (LPG-Bolivia)
"Copyright", “Derechos de Autor (“Copyright”)” incluye a las leyes similares a
la de derechos de autor (“copyright”) que se apliquen a otro tipo de obras.
“El Programa” se refiere a cualquier obra con derechos de autor bajo esta
Licencia. Cada “licenciatario” o “destinatario” es tratado como “usted”. Los
“licenciatarios”, y los “destinatarios” pueden ser individuos u organizaciones.
“Modificar” una obra quiere decir copiar o adaptar parte o la totalidad de la
obra de una forma que se requieran permisos de derechos de autor (“copyright”),
distintos de los de hacer una copia exacta. La obra resultante es llamada
“versión modificada” de la obra previa o una obra “basada en” la obra previa.
“Obra amparada” significa o el Programa sin modificar o una obra basada en el
Programa.
"Difundir" una obra significa hacer cualquier cosa con él que, sin permiso, le
haga directa o indirectamente responsable de infringir leyes de derechos de
autor (“copyright”), excepto la ejecución en un ordenador o la modificación de
una copia privada. La difusión incluye la copia, distribución (con o sin
modificaciones) y publicación.
"Transmitir" una obra quiere decir cualquier tipo de difusión que permita a
otras partes hacer o recibir copias. La mera interacción con un usuario a
través de una red informática, sin transferir una copia, no es transmitir.
Una interfaz interactiva de usuario muestra “Avisos Legales Apropiados” en la
medida que incluye una característica visible, práctica y destacada que (1)
muestra un aviso apropiado de derechos de autor (“copyright”), y (2) informa al
usuario de que no hay garantía para la obra (excepto las garantías
proporcionadas), que los licenciatarios deben transmitir la obra bajo esta
Licencia, y cómo ver una copia de esta Licencia. Si la interfaz presenta una
lista de comandos de usuario u opciones, como un menú, un elemento destacado en
la lista satisface este criterio.
1. Código Fuente
----------------
El "código fuente" de una obra es el formato preferido de la misma para realizar
modificaciones sobre ella. "Código objeto" se refiere a cualquier formato de la
obra que no sea código fuente.
Una "Interfaz Estándar" se refiere a una interfaz que sea un estándar oficial
definido por una institución de estándares reconocida, o bien, en el caso de
interfaces específicas para un determinado lenguaje de programación, una cuyo
uso esté generalizado entre los desarrolladores que trabajan con ese lenguaje.
Las “Bibliotecas del Sistema” de una obra ejecutable incluyen cualquier cosa,
diferente de la obra como un todo, que (a) está incluida en la forma normal de
empaquetado de un Componente Importante, pero que no forme parte de ese
Componente Importante, y (b) sirve solo para habilitar el uso de la obra con ese
Componente Importante, o para implementar una Interfaz Estándar para la cual una
implementación está disponible para el público en forma de código fuente. Un
“Componente Importante”, en este contexto, significa un componente importante
esencial (kernel, sistema de ventanas, etcétera) del sistema operativo en
concreto (si hubiese) en el cual el ejecutable funciona o un compilador
utilizado para producir la obra, o un intérprete de código objeto utilizado
para hacerla funcionar.
La “Fuente Correspondiente” de una obra en forma de código objeto significa
todo el código fuente necesario para generar, instalar, y (para una obra
ejecutable) hacer funcionar el código objeto y modificar la obra, incluyendo
los scripts o guiones o archivos de órdenes para controlar dichas actividades.
Sin embargo, ello no incluye la obra de las Bibliotecas del Sistema o
herramientas de propósito general o programas de libre disponibilidad general,
los cuales son usados sin modificaciones para la realización de dichas
actividades, pero que no son parte de la obra. Por ejemplo, la Fuente
Correspondiente incluye ficheros de definición de interfaces asociados a los
ficheros fuente para la obra, y el código fuente para bibliotecas compartidas y
subprogramas enlazados dinámicamente que la obra requiere específicamente por
diseño, tales como la comunicación de datos intrínseca o flujo de control entre
aquellos subprogramas y otras partes de la obra.
La Fuente Correspondiente no incluye necesariamente aquello que los usuarios
pueden regenerar automáticamente a partir de otras partes de la Fuente
Correspondiente.
La Fuente Correspondiente de una obra en forma de código fuente es la obra en
sí.
2. Permisos Básicos
-------------------
Todos los derechos concedidos bajo esta Licencia se conceden durante la duración
de los derechos de autor (“copyright”) del Programa, y son irrevocables siempre
que se cumplan las condiciones establecidas. Esta Licencia afirma explícitamente
su permiso ilimitado para ejecutar el Programa sin modificar. El resultado de la
ejecución de una obra amparada está cubierta por esta Licencia solo si el mismo,
dado su contenido, constituye una obra amparada. Esta Licencia reconoce sus
derechos de uso razonable u otro equivalente, según lo establecido por la ley de
derechos de autor (“copyright”).
Usted podrá realizar, ejecutar y difundir obras amparadas que usted no transmita
sin condición alguna, siempre y cuando la Licencia vigente no establezca otra
cosa. Podrá transmitir obras amparadas a terceros con el único propósito de que
ellos hagan modificaciones exclusivamente para usted, o proporcionarle ayuda
para ejecutar estas obras, siempre y cuando cumpla con los términos de esta
Licencia en la transmisión de todo el material del cual usted no controle los
derechos de autor (“copyright”). Aquellos que realicen o ejecuten las obras
amparadas para usted, deben hacerlo exclusivamente en su nombre, bajo su
dirección y control, en términos que prohiban realizar ninguna copia de su
materia registrado bajo derechos de autor (“copyright”) fuera de la relación
con usted.
La transmisión bajo otras circunstancias se permite únicamente bajo las
condiciones establecidas más abajo. No está permitido sublicenciar; la claúsula
10 lo hace innecesario.
3. Protección de Derechos Legales de los Usuarios Frente a Leyes Anti-Evación.
------------------------------------------------------------------------------
Ninguna obra amparada debe considerarse parte de una medida tecnológica
efectiva, a tenor de lo establecido en cualquier ley aplicable que cumpla las
obligaciones establecidas en el artículo 11 del tratado de derechos de autor
(“copyright”) de WIPO adoptado el 20 de diciembre de 1996, por el hoy Estado
Plurinacional de Bolivia o leyes similares que prohíban o restrinjan la evasión
de tales medidas.
Cuando transmita una obra amparada, renuncia a cualquier poder legal para
prohibir la evasión de medidas tecnológicas, mientras tales evasiones se
realicen en ejercicio de derechos amparados por esta Licencia respecto a la
obra amparada; además, usted renuncia a cualquier intención de limitar el uso
o modificación de la obra con el objetivo de imponer, en contra de los usuarios
de la obra, sus derechos legales o los de terceros para prohibir la evasión de
medidas tecnológicas.
4. Transmisión de Copias Literales
----------------------------------
Usted podrá transmitir copias literales del código fuente del Programa tal cual
lo ha recibido, por cualquier medio, siempre que publique visible y
apropiadamente en cada copia el correspondiente aviso de derechos de autor
(“copyright”); mantenga intactos todos los avisos que establezcan que esta
Licencia y cualquier cláusula no-permisiva añadida acorde con la cláusula 7
aplicables al código; mantenga intactos todos los avisos de ausencia de
garantía; y proporcione a todos los destinatarios una copia de esta Licencia
junto con el Programa.
Usted podrá cobrar cualquier importe o no cobrar nada por cada copia que
transmita y podrá ofrecer soporte o protección de garantía mediante un pago.
5. Transmisión de Versiones Modificadas del Código
--------------------------------------------------
Usted puede transmitir una obra basada en el Programa, o las modificaciones para
generarla a partir del Programa, en la forma de código fuente bajo los términos
de la sección 4, siempre que cumpla además todas las condiciones siguientes:
a) La obra debe incluir avisos destacados indicando que usted la ha modificado y
dando una fecha pertinente.
b) La obra debe incluir avisos destacados indicando que está liberada o
publicada bajo esta Licencia y cualquier otra condición añadida bajo la sección
7. Este requerimiento modifica los requerimientos de la sección 4 de “mantener
intactos todos los avisos”.
c) Usted debe licenciar la obra entera, como un todo, bajo esta Licencia para
cualquier persona que esté en posesión de una copia. Esta Licencia se aplicará
por consiguiente junto con cualquier término adicional aplicable bajo la sección
7, a la totalidad de la obra y a todos sus componentes, independientemente de
como estén empaquetados. Esta Licencia no autoriza a licenciar la obra de otra
forma, pero no invalida esos permisos si usted los ha recibido de forma
separada.
d) Si la obra tiene interfaces de usuario interactivas, cada una debe mostrar
los Avisos Legales Apropiados; sin embargo, si el Programa tiene interfaces
interactivas que no muestran los Avisos Legales Apropiados, tampoco es necesario
que su obra lo haga.
Una recopilación de una obra amparada con otras obras separadas e
independientes, que no son por su naturaleza extensiones de la obra amparada,
y que no se combinan con ella con el fin de formar un programa más grande, en o
sobre un volumen de un medio de almacenamiento o distribución, es llamado un
“agregado” si la recopilación y sus resultantes derechos de autor (“copyright”)
no son usados para limitar el acceso o los derechos legales de los usuarios de
la recopilación más allá de lo que las obras individuales permitan. La inclusión
de una obra amparada en un agregado no provoca que esta Licencia se aplique a
los otros componentes del agregado.
6. Transmisión de Código No-Fuente
----------------------------------
Usted podrá transmitir el código objeto de una obra amparada en virtud de los
términos de las cláusulas 4 y 5, siempre que también transmita las Fuentes
Correspondientes en código legible por máquina, de acuerdo con los términos
establecidos en esta Licencia, de alguna de las siguientes maneras:
a) Transmitir el código objeto en, o embebido en, un producto físico (incluyendo
medios de distribución físicos), acompañado de las Fuentes Correspondientes en
un medio físico duradero y que sea utilizado habitualmente para el intercambio
de software.
b) Transmitir el código objeto en, o embebido en, un producto físico (incluyendo
medios de distribución físicos), acompañado de una oferta por escrito, válido
durante al menos tres años y válido mientras usted ofrezca recambios o soporte
para ese modelo de producto, de dar a cualquiera que posea el código objeto bien
(1) una copia de las Fuentes Correspondientes a todo el software del producto
que esté cubierto por esta Licencia, en un medio físico duradero habitual para
el intercambio de software, a un precio razonable, directamente relacionado al
costo de efectuar la transmisión física de la Fuente Correspondiente, o
(2) acceso para copiar la Fuente Correspondiente de un servidor de red sin
costo alguno.
c) Transmitir copias individuales del código objeto junto con una copia del
ofrecimiento escrito de proveer la Fuente Correspondiente. Esta alternativa sólo
está permitida ocasionalmente y sin fines comerciales, y solamente si usted
recibió el código objeto junto con una oferta parecida, de acuerdo con la
subcláusula 6b.
d) Transmitir el código objeto ofreciendo acceso desde un lugar determinado
(gratuitamente o mediante pago) y ofrecer acceso equivalente a la Fuente
Correspondiente de la misma manera en el mismo lugar sin cargo adicional. No es
necesario exigir a los destinatarios que copien la Fuente Correspondiente junto
con el código objeto. Si el lugar para copiar el código objeto es un servidor de
red, la Fuente Correspondiente puede estar en un servidor diferente (gestionado
por usted o un tercero) que ofrezca facilidades de copia equivalentes, siempre
que mantenga instrucciones claras junto al código objeto especificando dónde
encontrar la Fuente Correspondiente. Independientemente de qué servidor albergue
la Fuente Correspondiente, usted seguirá estando obligado a asegurar que está
disponible durante el tiempo que sea necesario para satisfacer estos requisitos.
e) Transmitir el código mediante transferencias de red entre pares o usuarios
(peer-to-peer), siempre que informe a los otros pares o usuarios dónde se ofrece
el código objeto y la Fuente Correspondiente de la obra al público general de
forma gratuita bajo la subsección 6d.
Una porción separable del código objeto, cuyo código fuente está excluido de la
Fuente Correspondiente como una Biblioteca del Sistema, no necesita ser incluida
en la transmisión del código objeto de la obra.
Un “Producto de Usuario” es o (1) un “producto de consumo”, lo que significa
cualquier propiedad tangible personal que es usada habitualmente con fines
personales, familiares o domésticos, o (2) cualquier cosa diseñada o vendida
para ser incorporada en una vivienda. Al determinar si un producto es un
producto de consumo, los casos dudosos serán resueltos en favor de la cobertura.
Para un producto concreto recibido por un usuario concreto, “uso habitual” se
refiere a un uso típico o común de esa clase de producto, sin tener en cuenta la
situación del usuario concreto o la forma en la que el usuario concreto
realmente use, o espera o se espera que use, el producto. Un producto es un
producto de consumo independientemente de si el producto tiene usos
esencialmente comerciales, industriales o distintos del consumo, a menos que
dichos usos constituyan el único modo de uso significativo del producto.
Las "Instrucciones de Instalación" para un Producto de Usuario se refieren a
cualquier método, procedimiento, clave de autorización u otro tipo de
información necesaria para instalar y ejecutar una versión modificada de una
obra amparada en ese Producto de Usuario, a partir de una versión modificada de
su Fuente Correspondiente. Las instrucciones deben ser suficientes para asegurar
que el funcionamiento continuo del código objeto modificado no es evitado,
condicionado o interferido por el hecho de haber sufrido tal modificación.
Si transmite el código objeto de una obra en o con un Producto de Usuario o
específicamente para ser usado en el mismo, y la transmisión forma parte de una
transacción donde los derechos de posesión y uso del Producto de Usuario se
transfieren al destinatario a perpetuidad o por un periodo establecido
(independientemente de las características de la transacción), la Fuente
Correspondiente transmitida bajo esta sección debe estar acompañada de las
Instrucciones de Instalación. Pero este requisito no se aplica si ni usted ni
ningún tercero tiene la capacidad de instalar código objeto modificado en el
Producto de Usuario.
El requisito de proveer de las Instrucciones de Instalación no incluye la
necesidad de continuar proporcionando asistencia, garantía o actualizaciones
para una obra que ha sido modificada o instalada por el destinatario, o para el
Producto de Usuario en el cual ha sido modificada o instalada. El acceso a una
re d puede ser denegado cuando la modificación en sí afecta materialmente y
adversamente el funcionamiento de la red o viola las reglas y protocolos de
comunicación de la red.
Las Fuentes Correspondientes transmitidas y las Instrucciones de Instalación
proporcionadas de acuerdo con esta sección deben figurar en un formato
documentado públicamente (y con una implementación disponible para el público en
forma de código fuente), y no deben necesitar c ontraseñas o claves de acceso
especiales para la extracción, lectura o copia.
7. Condiciones adicionales
--------------------------
Los “Permisos adicionales” son condiciones que complementan los términos de esta
Licencia haciendo excepciones de una o más de una de sus condiciones. Los
permisos adicionales que son aplicables al Programa entero deberán ser tratados
como si estuvieran incluidos en esta Licencia, hasta los límites de validez
impuestos por las leyes aplicables. Si los permisos adicionales sólo son
aplicables a parte del Programa, esa parte debe ser usada por separado bajo
esos permisos, pero el Programa completo queda bajo la autoridad de esta
Licencia sin considerar los permisos adicionales.
Cuando transmita una copia de una obra amparada, puede opcionalmente quitar
cualesquiera permisos adicionales de esa copia, o de cualquier parte de ella.
(Los permisos adicionales pueden ser escritos para requerir su propia
eliminación bajo ciertos casos cuando se modifica la obra.) Puede incorporar
permisos adicionales a material añadido por usted a una obra amparada, sobre el
cual usted tiene o puede establecer los permisos de derechos de autor
(“copyright”) correspondientes.
Sin contravenir cualquier otra disposición de esta Licencia, para el material
que añada a una obra cubierta por la misma, usted puede (si está autorizado por
los titulares de los derechos de autor (“copyright”) del material) complementar
los términos de esta Licencia en los siguientes términos:
a) Declarando la ausencia de garantía o limitación de responsabilidad en forma
diferente a la de los términos establecidos en las cláusulas 14 y 15 de esta
Licencia;
b) Requiriendo la obligación de mantener determinados avisos legales razonables
o atribuciones de autoría en el material o en los Avisos Legales Apropiados
mostrados por las obras que lo contengan.
c) Prohibir la tergiversación del origen del material o requerir que las
versiones modificadas del material s e señalen de manera razonable como
diferentes de la versión original; o
d) Limitar la utilización de los nombres de los autores o licenciantes del
material con fines publicitarios o comerciales; o
e) Negarse a ofrecer derechos bajo leyes de registro para el uso de algunos
nombres comerciales, marcas registradas o marcas de servicio; o
f) Exigir la compensación de los licenciantes y autores de ese material por
cualquiera que distribuya el material (o versiones modificadas del mismo)
estableciendo obligaciones contractuales de responsabilidad sobre el
destinatario, por cualquier responsabilidad que estas obligaciones
contractuales impongan directamente sobre los licenciantes y autores.
Cualesquiera otras condiciones adicionales no-permisivas son consideradas
"restricciones adicionales" en el contexto de la cláusula 10. Si el Programa,
tal cual lo recibió, o cualquier parte del mismo, contiene un aviso indicando
que está amparado por esta Licencia junto a una cláusula de restricción
adicional, usted podrá suprimir esa cláusula. Si un documento de licencia
contiene una restricción de este tipo pero permite modificar la Licencia o la
transmisión de la obra en virtud de la presente Licencia, puede añadir material
regido por esa licencia a una obra amparada, siempre que dicha restricción no se
mantenga tras la modificación de la licencia o la transmisión.
Si se añaden términos a una obra amparada de acuerdo con los términos de esta
sección, debe colocar, en los archivos fuente involucrados, una declaración de
los términos adicionales aplicables a esos archivos, o un aviso indicando donde
encontrar los términos aplicables.
Las condiciones adicionales, permisivas o no, deben aparecer por escrito como
licencias separadas o figurar como excepciones; de todas formas, los requisitos
anteriores se aplican igualmente.
8. Cancelación
--------------
Usted no podrá difundir o modificar una obra amparada salvo lo expresamente
permitido por esta Licencia. Cualquier intento diferente de difusión o
modificación será considerado nulo y automáticamente cancelará sus derechos
respecto a esta Licencia (incluyendo cualquier patente conseguida según el
párrafo tercero de la cláusula 11).
Sin embargo, si usted deja de violar esta Licencia, entonces su Licencia desde
el titular de los derechos de autor (“copyright”) correspondiente será
restituida (a) provisionalmente, a menos que y hasta que el titular de los
derechos de autor (“copyright”) explícita y permanentemente de por cancelada su
licencia, y (b) permanentemente, si el titular del derecho de autor no le ha
notificado su violación por algún medio razonable antes de los 60 días
siguientes a la cesación.
Además, su Licencia de un titular de los derechos de autor (“copyright”)
correspondientes será restituida permanentemente si el titular de los derechos
de autor (“copyright”) le notifica la violación po r algún medio razonable,
siendo ésta la primera vez que recibe la notificación de violación de esta
Licencia (para cualquier obra) de ese titular de los derechos de autor
(“copyright”), y usted subsana la violación antes de 30 días después de la
recepción de la notificación.
La cancelación de sus derechos bajo esta sección no da por canceladas las
licencias de terceros que hayan recibido copias o derechos de usted bajo esta
Licencia. Si sus derechos han sido cancelados y no fueran renovados de manera
permanente, usted no cumple los requisitos para recibir nuevas licencias para
el mismo material bajo la sección 10.
9. Aceptación por Tenencia de Copias.
-------------------------------------
No está obligado a aceptar esta Licencia por recibir o ejecutar una copia del
Programa. La difusión de una obra amparada surgida simplemente como consecuencia
de la transferencias de red entre pares o usuarios (peer-to-peer) para obtener
una copia tampoco requiere aceptación. Sin embargo, únicamente esta Licencia le
otorga permiso para difundir o modificar cualquier obra amparada. Estas acciones
infringen los derechos de autor (“copyright”) si usted no acepta esta Licencia.
Por lo tanto, al modificar o difundir una obra amparada, usted indica que acepta
esta Licencia para hacerlo.
10. Licencia Automática para Destinatarios Subsiguientes
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Cada vez que transmita una obra amparada, el destinatario recibirá
automáticamente una Licencia desde los licenciadores originales, para ejecutar,
modificar y difundir esa obra, al amparo de los términos de esta Licencia. Usted
no será responsable de asegurar el cumplimiento por terceros de esta Licencia.
Una “transacción de entidad” es una transacción que transfiere el control de una
organización, o sustancialmente todos los bienes de una, o subdivide una
organización, o fusiona organizaciones. Si la difusión de una obra amparada
surge de una transacción de entidad, cada parte involucrada en esa transacción
que reciba una copia de la obra, también recibe toda s y cada una de las
licencias existentes de la obra que la entidad precedente tuviese o pudiese
ofrecer según el párrafo anterior, además del derecho a tomar posesión de la
Fuente Correspondiente de la obra a través del predecesor interesado, si está
en poder de dicha parte o se puede conseguir con un esfuerzo razonable.
Usted no podrá imponer restricciones adicionales por el ejercicio de los
derechos otorgados o concedidos en virtud de la presente Licencia, no podrá
imponer a la Licencia pagos, derechos u otros cargos por la redistribución o
modificación a los subsiguientes beneficiarios o destinatarios de la obra según
los derechos otorgados bajo esta Licencia; además no podrá iniciar litigios
(incluyendo demandas o contrademandas en pleitos) alegando que se infringen
patentes por cambiar, usar, vender, ofrecer en venta o importar el Programa, o
cualquier parte del mismo.
11. Patentes
------------
Un “colaborador” es un titular de los derechos de autor (“copyright”) que
autoriza, bajo los términos de la presente Licencia el uso del Programa o una
obra en la que se base el Programa. La obra así licenciada se denomina “versión
en colaboración” del colaborador.
Las “demandas de patente esenciales” del colaborador son todas las
reivindicaciones de patentes poseídas o controladas por el colaborador,
existentes o adquiridas con posterioridad, que fueran infringidas de alguna
forma, permitida por esta Licencia, al hacer, usar o vender la versión en
colaboración, pero sin incluir demandas que sólo sean infringidas como
consecuencia de modificaciones posteriores de la versión en colaboración. Para
los propósitos de esta definición, “control” incluye el derecho de conceder
sublicencias de patente de forma consistente con los requisitos establecidos en
la presente Licencia.
Cada colaborador le concede a usted una licencia de la patente no-exclusiva,
global y libre de regalías bajo las demandas de patente esenciales del
colaborador, para hacer, usar, modificar, vender, ofrecer para venta, importar
y otras formas de ejecución, modificación y difusión del contenido de la
versión en colaboración.
En los siguiente s tre s párrafos, una “licencia de patente” se define como
cualquier acuerdo o compromiso expreso, cualquiera que sea su denominación,
que no imponga una patente (como el permiso expreso para ejecutar una patente o
acuerdos para no imponer demandas por infracción de patente). “Conceder” una
licencias de patente de este tipo a un tercero significa hacer tal tipo de
acuerdo o compromiso de no imponer una patente a ningún tercero.
Si usted transmite una obr a amparada, conociendo que está amparada por una
licencia de patente, y las Fuentes Correspondientes no se encuentran disponibles
de forma pública para su copia, sin cargo alguno y bajo los términos de esta
Licencia, ya sea a través de un servidor público o mediante cualquier otro
medio, entonces usted deberá (1) hacer que las Fuentes Correspondientes sean
públicas, o (2) tratar de eliminar los beneficios de la licencia de patente para
esta obra en particular, o (3) tratar de extender, de manera compatible con los
requisitos de esta Licencia, la licencia de patente a los terceros o
destinatarios subsiguientes. “Conocer que está afectado” significa que usted
tiene conocimiento real de que, para la licencia de patente, la transmisión de
la obra amparada en un país, o el uso de la obra amparada por sus destinatarios
en un país, infringiría una o más patentes existentes en ese país que usted
considera válidas por algún motivo.
Si, de conformidad con alguna transacción o acuerdo (o en un proceso relacionado
con ellos), usted transmite o difunde con fines de distribución, una obra
amparada, concediendo una licencia de patente para algún tercero que reciba la
obra amparada, y autorizá a usar, difundir, modificar o transmitir una copia
específica de la obra amparada, entonces la licencia de patente que usted
otorgue se extiende automáticamente a todos los receptores de la obra amparada
y cualquier obra basada en ella.
Una licencia de patente es “discriminatoria” si no incluye en el marco de su
cobertura los derechos otorgados por esta licencia, prohíbe el ejercicio o esta
condicionada al no ejercicio de uno o mas de los derechos específicamente
otorgados por esta licencia. Usted no debe transmitir una obra amparada si usted
es parte de un acuerdo con una tercera parte involucrada en el negocio de
distribución de software, bajo el cual usted debe realizar un pago a esa parte
basado en el rango de su actividad de transmisión de la obra y bajo la cual la
tercera parte adquiere, frente a cualquiera de las partes que pueda recibir de
usted la obra, una licencia de patente discriminatoria (a) en conexión con
copias de la obra amparada distribuida por usted (o copias hechas de esas
copias), o (b) principalmente o en conexión con productos específicos o
compilaciones que contienen la obra amparada.
Nada en esta Licencia debe ser interpretado como excluyente o limitante a
cualquier licencia implicada u otras defensas a la violación que puedan hacerse
disponibles para usted bajo la ley de patentes aplicables.
12. No Condicionamiento de la Libertad de Terceros
--------------------------------------------------
Si a usted le son impuestas condiciones que contravienen las estipuladas en la
presente Licencia (ya sea por orden judicial, acuerdo u otros), no quedará
eximido de cumplir las condiciones de esta Licencia. Si usted no puede
transmitir una obra amparada cumpliendo sus obligaciones con esta Licencia,
entonces no podrá transmitirla de ninguna forma. Por ejemplo, si usted se
compromete con términos que le obligan a obtener derechos por la transmisión
que terceros a los cuales haya transmitido la obra amparada pudieran realizar,
la única forma de satisfacer ambos condicionantes y esta Licencia es abstenerse
completamente de transmitir el Programa.
13. Versiones Actualizadas de esta Licencia
-------------------------------------------
La ADSIB puede publicar versiones revisadas y/o nuevas de la LPG - Bolivia.
Cada nueva versión será similar en espíritu a la versión actual, pero puede
diferir en detalles para abordar nuevos problemas o preocupaciones.
Cada versión recibe un número de versión distintivo. Si el Programa especifica
que cierta versión numerada de la Licencia General Pública Bolivia o cualquier
versión posterior se aplica a él, usted tiene la opción de seguir los términos
y condiciones de esa versión numerada o de cualquier versión posterior publicada
por la ADSIB. Si el Programa no especifica un número de versión de la LPG -
Bolivia, usted puede escoger cualquier versión publicada por la ADSIB.
Si el Programa especifica que un apoderado/representante puede decidir qué
versiones de la LPG - Bolivia pueden aplicarse en el futuro, la declaración
pública de aceptación que el apoderado/representante haga de una versión le
autoriza a usted con carácter permanente a elegir esa versión para el Programa.
Las versiones posteriores de la Licencia pueden darle permisos adicionales o
diferentes. No obstante, no se impone a ningún autor o titular de los derechos
de autor obligaciones adicionales como resultado de su elección de seguir una
versión posterior.
14. Ausencia de Garantía
------------------------
EL PROGRAMA NO TIENE GARANTÍA ALGUNA, HASTA LOS LÍMITES PERMITIDOS POR LAS LEYES
APLICABLES. SALVO CUANDO SE ESTABLEZCA LO CONTRARIO POR ESCRITO, LOS TITULARES
DE LOS DERECHOS DE AUTOR (“COPYRIGHT”) Y/O TERCEROS PROPORCIONAN EL PROGRAMA
“TAL CUAL” SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO, BIEN SEAN EXPLÍCITAS O IMPLÍCITAS,
INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIALIZACIÓN Y
APTITUD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. USTED ASUMIRÁ CUALQUIER RIESGO RELATIVO A
LA CALIDAD Y RENDIMIENTO DEL PROGRAMA. SI EL PROGRAMA FUESE DEFECTUOSO, USTED
ASUMIRÁ CUALQUIER COSTE DE SERVICIO, REPARACIÓN O CORRECCIÓN.
15. Límite de responsabilidad
-----------------------------
EN NINGÚN CASO, SALVO REQUERIMIENTO POR LEYES APLICABLES O MEDIANTE ACUERDO POR
ESCRITO NINGÚN TITULAR DE LOS DERECHOS DE AUTOR (“COPYRIGHT”), O NINGÚN TERCERO
QUE MODIFIQUE Y/O DISTRIBUYA EL PROGRAMA SEGÚN LO INDICADO ANTERIORMENTE, PODRÁ
HACERLE A USTED RESPONSABLE DE DAÑO ALGUNO, INCLUYENDO CUALQUIER DAÑO GENERAL,
ESPECIAL, OCASIONAL O DERIVADO QUE SURJA DEL USO O LA INCAPACIDAD DE USO DEL
PROGRAMA (INCLUYENDO PERO SIN LIMITARSE A LA PÉRDIDA DE DATOS O LA PRESENTACIÓN
NO PRECISA DE LOS MISMOS O A PÉRDIDAS SUFRIDAS POR USTED O TERCEROS O AL FALLO
DEL PROGRAMA AL INTERACTUAR CON OTROS PROGRAMAS), INCLUSO SI DICHO TITULAR O UN
TERCERO HA SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.
16. Interpretación de las Cláusulas 14 y 15
-------------------------------------------
Si el descargo de responsabilidad de garantía y el límite de responsabilidad
proporcionado anteriormente no tiene efectos legales de acuerdo a sus términos,
los juzgados deberán aplicar la ley local que más se asemeje a una renuncia
absoluta de la responsabilidad civil concerniente al Programa, a menos que una
garantía o una asunción de responsabilidad acompañe a la copia del Programa como
resultado del pago de una tasa.
17. Del Licenciamiento GNU GPL.
-------------------------------
La presente licencia ha sido traducida y adaptada para la publicación y
distribución de software libre por parte de las entidades públicas del Estado
Plurinacional de Bolivia en el Repositorio Estatal de Software Libre, conforme
a lo establecido por la Ley No. 164 y el D.S. 1793, y busca ser lo más fiel
posible a la letra y espíritu de la GNU GPL. No obstante, como salvaguarda,
todo usuario esta autorizado a licenciar bajo la GNU GPL, publicada de forma
oficial por la Fundación para el Software Libre en su página web www.fsf.org,
cualquier obra que reciba bajo la presente licencia, según la legislación legal
correspondiente.
FIN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES